viernes, 18 de julio de 2014

DESPUÉS DE CASI OCHO AÑOS BAJO FIANZA, LOS CONDENADOS DE TENACATITA ANDAN LIBRES



A los últimos días de noviembre, 2006, un grupo de lugareños de la playa de Tenacatita fueron a una reunión en Autlan, pero cuando llegaron, la Policía Judicial los llevo al Puente Grande, con los cargos de ocupar la zona federal sin permiso. Allí pasaron dos días y una noche sin comer y tomar nada. (http://verdebandera.blogspot.mx/2008/05/el-viacrucis-en-tenacatita.html).

Bajo fianza, los procesados tenían que ir a firmar en Puente Grande cada semana, luego cada dos semanas, después cada mes. Por fin, firmaron en Colima. En el paso de los años han fallecido varios de los ancianos.

Los condenados se encontraron culpables y su sentencia fue dos años de prisión y trescientos días multa. Pero salió favorable la apelación y el 14 de junio de este año, en acuerdo del Segundo Tribunal colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, Amparo Directo 3/2014, ganaron su libertad.

El artículo 14 de la Constitución Política de la República dice, “…a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna…en los juicios del orden criminal, queda prohibido imponer pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al caso, ya que de estos mandamientos se desprende que todo acto criminal debe ser juzgado y sancionado de acuerdo con las prevenciones contenidas en la ley que rija en la fecha en que ese acto criminal se perpetró…”

El Magistrado José Luis González señalo que los citados, “entraron a usar y aprovechar la zona federal marítimo terrestre, desde antes que estuviera en vigor la Ley General de Bienes Nacionales, ya que el Ejido al que pertenecían les entregó en uso o aprovechamiento de la zona federal; por tanto, consideran que no se aplicó la ley vigente en aquel momento.” La Ley General de Bienes Nacionales fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 20 de mayo del 2004.

Sigue, “…en consecuencia, la autoridad responsable deberá...Ordene a quien corresponda, decrete la inmediata libertad del sentenciado..."

Ahora las personas estan recuperando la fianza de 16,000 pesos y pueden poner contra demandas para daños y perjuicios. Lástima que sufrieron tantos años sin razón. 

SENTENCIA DE AMPARO ENJUICIADOS ZONA FEDERAL
AMPARO DIRECTO 3/2014

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